Logos de las entidades públicas del programa Kit Digital

¿Qué es el Kit Digital?

El Programa Kit Digital tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado. Los beneficiarios recibirán una ayuda en función de su tamaño, midiendo éste según su número de empleados.
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en un Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.
Una vez formalizado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, que recogerá las características/funcionalidades a implementar, su plazo de ejecución o desarrollo, la entrega, las obligaciones entre ambos y para con el Programa y el importe del «bono digital» aplicable mediante cesión, entre otras cuestiones, se procederá a la prestación de la solución de digitalización.
El importe de las ayudas que se concedan mediante las correspondientes resoluciones debidamente notificadas a los beneficiarios, cuyo derecho al cobro se denomina «bono digital», será de:
Segmentos de beneficiarios Importe bono digital
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados. 12.000,00€
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados 6.000,00€
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo 2.000,00€

Finalidad de las ayudas del Kit Digital

Las ayudas tienen como finalidad el acceso a la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo a través de la adopción de soluciones disponibles en el mercado que pertenezcan a una serie de categorías de soluciones digitales establecidas, entre ellas:

¿Quienes pueden beneficiarse de las ayudas del Kit Digital?

Las empresas beneficiarias del Kit Digital deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Ser pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo de conformidad con las definiciones del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del citado reglamento.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea,
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Además de disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será al menos de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria o hasta el agotamiento del crédito presupuestario de la convocatoria.
El plazo máximo para la firma de Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización será de seis meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
Con el fin de agilizar la tramitación y concesión de las ayudas, se prevé la presentación de declaraciones responsables de las empresas sobre los extremos requeridos.

¿Cuando se conceden estas ayudas?

Las ayudas se concederán por orden de solicitud, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Solicita cuanto antes tu Bono Digital

El Programa se dirige a un número potencialmente muy elevado y muy diverso de empresas en todo el territorio nacional Español, resultando muy difícil conocer la cantidad exacta, y ni siquiera aproximada, de solicitantes y de beneficiarios.
Y a ello se une la urgencia en la concesión de las subvenciones públicas como consecuencia de los plazos de ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

¿Cómo conseguir el Bono Digital?

Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de digitalización.
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